Inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil, de acuerdo a la normatividad establecida por la RENIEC.
Mantener actualizado los registros de nacimientos, matrimonios y defunciones en el sistema de Registro Civil.
Conservar el archivo de los Actas Registrales de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones en óptimo estado y seguro.
Brindar servicios de calidad a la población, sustentado en un Sistema de Gestión de la Calidad orientado a la permanente mejora continua.
Ser la mejor Institución Pública de Registro Civil que preste los servicios registrales en forma eficiente, oportuna, buen trato y el más bajo costo a nivel nacional.
- Derecho de trámite S/. 84.20
- Exámenes de VIH Y Sífilis S/. 65.70c/u (Polidep. Casuarinas u otra entidad)
TOTAL S/.215.60
- Partida de Nacimiento de ambos contrayentes (original y vigente)
- Copia de DNI de los contrayentes (3 copias de cada uno)
- Constancia de soltería de los contrayentes, en caso de ser solteros.
(En caso de ser divorciado ó viudo deberá presentar la partida de matrimonio con la anotación de divorcio ó partida de defunción)
- Copia de DNI de 2 testigos (1 copia de cada uno) (No familiares)
- 1 Foto tamaño carnet de cada contrayente
- 2 micas y 1 fólder manila (ambos tamaño oficio)
Publicación del edicto matrimonial en el diario (según fecha agendada)
- Derecho de trámite S/. 84.20
- Derecho de pago por extranjería S/. 229.50
- Exámenes de VIH Y Sífilis S/. 65.70 c/u (Polidep. Casuarinas u otra entidad)
TOTAL S/.445.10
- Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia.
- Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas ; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la Ley
- Emitir las constancias de inscripción correspondientes.
- Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral.
- Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades de salud, policiales y judiciales pertinentes con los registros de los hechos vitales de las personas.
- Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro.
- Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción.
- Brindar durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, facilitando de ser necesario, el uso de su infraestructura, material y recursos humanos.
- Mantener la confidencialidad de la información relativa a los solicitantes y titulares de certificados.
- Emitir información de los actos registrales a la RENIEC, INEI, ORM y Hospital Regional.
- Cumplir las demás funciones que encomiende la Gerencia de Desarrollo Social.
Procedimiento para la inscripción del nacimiento del recién nacido, ocurrido en el país, dentro del plazo legal contabilizados a partir del día siguiente del nacimiento.
Certificado del Nacido vivo, en original, firmado y sellado por profesional competente o constancia otorgada por persona autorizada por el MINSA de haber atendido o constatado el parto, o Declaración Jurada de autoridad política, judicial o religiosa confirmando el nacimiento, siempre que en la localidad donde se produjo el nacimiento no exista profesional u otra persona competente.
Exhibir el DNI de los declarantes, en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carnet de Extranjería o Pasaporte.
De existir Declaración Jurada de Identidad del presunto progenitor del hijo extramatrimonial efectuada por el declarante, este recabará el Formato de Notificación por parte del Registrador Civil. Cuando el domicilio declarado del presunto progenitor se ubica fuera de la circunscripción de la Oficina Registral RENIEC o no consigne la dirección domiciliaria, se deberá efectuar su publicación en el Diario Oficial o en uno de mayor circulación a nivel nacional.
Para los casos que el asiento registral se lleve a cabo en las Oficinas Consulares se notificará por correo certificado y de ser el caso por publicación, según lo establecido en la DI-074-GOR/.12, Ley N° 28720. Los gastos de notificación serán de cargo del declarante.
Tratándose de menores de edad nacidos en el extranjero, sólo podrán registrarse cuando no hubieran sido inscritos en la Oficina Consular correspondiente y una vez hayan fijado su domicilio en territorio peruano, presentando cualquier documento que pruebe el nacimiento, traducido oficialmente al español en caso se haya emitido en idioma extranjero y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Procedimiento para inscribir el nacimiento del menor de edad, que no se hubiera efectuado dentro del plazo de inscripción ordinaria.
Certificado del Nacido vivo o Partida de Bautismo o Certificado de matrícula escolar con mención de grados cursados Declaración Jurada de 2 testigos de conocimiento que serán calificados por el registrador Civil.
Constancia de No Inscripción de Nacimiento o Declaración Jurada de No Inscripción.
Exhibir los DNI de los declarantes y de los testigos de ser el caso; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carnet de Extranjería o Pasaporte.
De existir Declaración Jurada de Identidad del presunto progenitor del hijo extramatrimonial efectuada por el declarante y el domicilio declarado se ubique fuera de la circunscripción de la Oficina registral RENIEC o no consigne la dirección domiciliaria, éste recabará el Formato de Notificación por parte del Registrador Civil, para su publicación en el Diario Oficial o en uno de mayor circulación a nivel nacional.
Para los casos que el asiento registral se lleve a cabo en las Oficinas Consulares se notificará por correo certificado y de ser el caso por publicación, según lo establecido en la DI-074-GOR/.12, Ley N° 28720. Los gastos de notificación serán de cargo del declarante.
Procedimiento para la inscripción del menor de edad declarado en situación de abandono.
Oficio y partes judiciales conteniendo la copia certificada de la resolución Judicial firme que declara el abandono legal del menor de edad.
Responsable : SALVADOR WILDER CASTRO MATARA
E-mail : registrocivil@muninuevochimbote.gob.pe
Dirección : Urb. José Carlos Mariátegui Centro Cívico s/n