MUNICIPALIDAD DE NUEVO CHIMBOTE
(043) - 318289
municipalidad@muninuevochimbote.gob.pe
Lunes - Viernes: 07:45 - 15:30

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

¿Qué entiendes por tributos municipales?

Para discernir la definición de tributos municipales, debemos de conocer cómo se define la palabra tributo.

Tributo: Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines (1).

El Código Tributario establece que el término TRIBUTO comprende impuestos, tasas y contribuciones (2).

(043) 310759

Impuesto: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto Predial o el Impuesto a la Renta.

Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los Arbitrios Municipales o también los derechos arancelarios de los Registros Públicos.

Contribución: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.

Así mismo, la ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos.

Por lo que al definir "tributos municipales" nos referimos a los impuestos, tasas y contribuciones que una Municipalidad regenta y administra, en ámbito de su jurisdicción y conforme a las leyes vigentes.

(1) Definición de Héctor Villegas; Curso de Finanzas, Derecho Tributario y Financiero. Tomo I - Buenos Aires.

(2) T.U.O. del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF

Los Impuestos Municipales, tal como lo prescribe el Título II del Decreto Supremo N° 156-2004-EF T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal:

Artículo 5.-Los impuestos municipales son los tributos mencionados por el presente Título en favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. La recaudacióón y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales.

Artículo 6.-Los impuestos municipales son, exclusivamente, los siguientes:

a) Impuesto Predial.

b) Impuesto de Alcabala.

c) Impuesto al Patrimonio Vehicular.

d) Impuesto a las Apuestas.

e) Impuesto a los Juegos.

f) Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos.

ENLACES DE INTERES

FORMATOS DE AUTOVALUO

Es el formato del autoavalúo donde se indica el domicilio fiscal del contribuyente así como la relación de predios que tiene inscritos...

Informes

PLAZO, CRONOGRAMA Y LUGARES DE PAGO

Busca el desarrollo productivo y competitivo del agro e armonía con el medio ambiente, a través de servicio de calidad.

Informes

FLUJOGRAMA, RELACIONES Y ORG.

Identifica personas o grupos poblacionales en situación de pobreza, vulnerabilidad o exclusión, a través de una Clasificación Socioeconómica.

Informes

CARACTERISTICA DEL IMPUESTO PREDIAL

Tramifacil es una plataforma digital cuyo objetivo es convertirse en un socio estratégico encargado de la gestión de todos los procesos de tramitación que requiera el negocio.

Informes

LEGISLACIÓN TRIBUTARIA

Encuestra aquí las últimas CONVOCATORIAS DE TRABAJO 2022. Conozca las principales OFERTAS DE EMPlEO Y PRACTICAS.

Informes

Descargar D.S. 156-2004-EF

Responsable : JHINO PAOLY NUŃEZ LOZADA
E-mail : rentas@muninuevochimbote.gob.pe
Dirección :Urb. José carlos Mariátegui Centro Cívico S/N

MUNICIPALIDAD DE NUEVO CHIMBOTE